Las empresas españolas que no cumplan con la obligación de registrar las jornadas laborales, se enfrentarán a sanciones económicas

Todas las empresas en España deberán llevar un registro de manera detallada de la jornada laboral de sus empleados, especificando la hora de inicio y finalización de la jornada laboral, y la duración de las pausas. Este registro evita los abusos de horas extra no pagadas y garantiza que cada trabajador cobre por el tiempo que dedica a su actividad laboral. Además, proporciona una mayor transparencia tanto para los trabajadores como para las autoridades laborales.

El Ministerio de Trabajo y Economía no quiere el registro en papel, por lo que las empresas deberán registrar la hora de entrada y salida de sus empleados de forma digital. Y «tender a digitalizar» el fichaje para que «no sea manipulable y no se pueda alterar por el empresario ni por ningún otro sujeto», explica el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey.  Y añade: «España tiene una deuda con la Unión Europea, que nos pide que el registro sea fiable».

Desde El Periódico Mediterráneo explican que «una de las principales novedades es que el registro de jornada será completamente digital y accesible de manera remota para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Además, cada trabajador recibirá un recibo detallado con las horas extra realizadas, asegurando transparencia en el cómputo y pago de estas horas».

El registro digital permitirá una supervisión más eficaz por parte de la Inspección de Trabajo, ya que podrá acceder de manera más ágil y directa a los datos de cada trabajador y empresa de forma remota. El objetivo es erradicar prácticas como el trabajo no remunerado y conseguir que los empleados reciban una compensación justa por las horas trabajadas. Los empleados tendrán acceso a su propio registro, lo que les permitirá verificar si sus horas están siendo correctamente contabilizadas, incluidas las extraordinarias.

Esta nueva medida también facilita la detección de posibles irregularidades o excesos en la jornada laboral de las diferentes empresas. Si finalmente se aprueba, la medida se hará obligatoria a partir del 1 de enero de 2026 en todas las empresas de nuestro país. El control de la jornada debe ser fiable y garantizar el acceso remoto de la Inspección de Trabajo. Fernando Luján, el vicesecretario general de Política Sindical de UGT, explica que «el registro tiene que dotar a la Inspección de Trabajo de la suficiente capacidad para que (los datos) se correspondan a las horas efectivamente trabajadas».

Para aportar más información nos hemos puesto en contacto los expertos de esta plataforma de registro de jornada laboral, y nos han explicado que la plataforma de registro de jornada laboral debe permitir varias opciones de fichajes (huella dactilar, móvil o reconocimiento facial), disponer de acceso web y de app móvil, y aportar una opción de gestión de turnos.

Es importante que la plataforma de registro de jornada laboral sea fácil de utilizar para el equipo de Recursos Humanos y que permita la creación de los calendarios laborales. La plataforma de registro permite una extracción de los datos, por lo que los empleados pueden comprobar las horas trabajadas. Con este sistema la empresa puede crear los horarios y gestionar de forma sencilla los fichajes de todos los empleados.

Las compañías deben saber que los empleados que teletrabajan también tienen que registrar la hora de entrada, pausas y salidas. Los trabajadores a distancia tienen los mismos derechos que los presenciales, ya que pueden registrar la hora de inicio y finalización de la jornada laboral con un solo clic y desde cualquier dispositivo. Con este sistema todos los empleados cumplen el horario pero también disfrutan de los periodos mínimos de descanso.

Las empresas que no cumplan con la obligación de registrar adecuadamente las jornadas laborales de sus empleados, como establece la nueva normativa, se enfrentarán a sanciones económicas que pueden ser calificadas como leves, graves o muy graves dependiendo de la naturaleza y las circunstancias del caso. Estas multas dañan la reputación de la empresa y pueden generar un clima de desconfianza en los empleados. Estas son las sanciones:

Infracciones leves: las sanciones para infracciones leves son de entre 60 y 625 euros. Si una empresa no registra correctamente las jornadas laborales de algunos de sus empleados, pero sin que se detecten perjuicios importantes para los trabajadores ni una intención de ocultar información.

Infracciones graves: se pueden aplicar multas de entre 625 y 6.250 euros. Esto puede ocurrir si la empresa está eludiendo el pago de horas extraordinarias o manipulando las horas de trabajo.

Infracciones muy graves: las sanciones para infracciones muy graves son de entre 6.251 y 187.515 euros. La empresa deberá pagar esta multa si incurre en el abuso continuado del trabajo no registrado y actúa con conocimiento de causa para evadir sus responsabilidades fiscales y laborales.

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